La Asamblea Legislativa aprobó una reforma al artículo 172 de la Constitución que cambia el esquema histórico de financiamiento del Órgano Judicial. La modificación, presentada por la diputada oficialista Alexia Rivas, suprime el mínimo constitucional del 6 % de los ingresos corrientes del Estado destinado a la Corte Suprema de Justicia y lo sustituye por un modelo basado en “necesidades razonables”.
Según la exposición de motivos, el nuevo esquema busca armonizar el presupuesto judicial con las reglas fiscales que rigen al resto del aparato estatal. Rivas sostuvo que la reforma no determina incrementos ni recortes automáticos, sino que elimina un privilegio constitucional que, a su juicio, no se ajusta a la lógica de planificación moderna. La diputada insistió en que la asignación deberá responder a evaluaciones técnicas y a la capacidad financiera del Estado.
El texto aprobado subraya que el presupuesto debe adaptarse a las condiciones económicas del país y a los principios de la hacienda pública, especialmente el equilibrio entre ingresos y gastos. Para respaldar el cambio, se cita jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional que interpreta el equilibrio presupuestario como un principio flexible y no como una obligación rígida.
La propuesta reconoce la importancia del sistema judicial, pero señala que áreas como salud, educación y seguridad pueden requerir mayores recursos en determinados contextos. Por ello, el Ministerio de Hacienda será el encargado de proyectar las necesidades anuales del Órgano Judicial.
El nuevo inciso constitucional establece: “El Órgano Judicial dispondrá anualmente, según las necesidades razonables que dicha institución presente, de una asignación de los ingresos corrientes del presupuesto del Estado”.
